La historia del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en el Perú, llamado normalmente Tribunal de la Santa Inquisición, constituye uno de los capítulos más complejos de la vida religiosa y judicial del virreinato. Durante más de dos siglos, una institución establecida para vigilar la ortodoxia católica investigó creencias, prácticas y conductas que las autoridades consideraban contrarias a la fe o al orden moral de su tiempo. Para comprenderla es necesario distinguir los hechos documentados, la mentalidad de aquella sociedad y las interpretaciones que fueron surgiendo con posterioridad. Ni el dramatismo de sus castigos ni la aparente precisión de una cifra bastan por sí solos para explicar su historia.
Antes de que se estableciera el tribunal permanente, los obispos y otras autoridades eclesiásticas ejercían determinadas funciones de vigilancia doctrinal. En 1569, Felipe II dispuso la creación del Tribunal de Lima, dependiente del sistema inquisitorial español, que comenzó a actuar en 1570. La documentación del Museo del Congreso identifica a Serván de Cerezuela como el inquisidor que quedó al frente del tribunal, pues Andrés de Bustamante murió durante su viaje a América. La jurisdicción limeña se extendía sobre un territorio inmenso, equivalente a varios países sudamericanos actuales, lo que explica tanto el alcance de sus disposiciones como las dificultades de su administración.
La población indígena quedó, en términos generales, excluida de la jurisdicción del Santo Oficio por disposición de la monarquía, al considerarse que se encontraba todavía en proceso de evangelización. Esta excepción no significaba ausencia de control religioso en las comunidades indígenas: otras autoridades eclesiásticas ejercían sus propias atribuciones. Por su parte, españoles, criollos, mestizos, personas esclavizadas y extranjeros podían ser objeto de investigación inquisitorial según la competencia del tribunal. La persecución de determinadas creencias se entrelazaba así con las diferencias sociales y con las preocupaciones políticas de la Corona.
El tribunal comenzó en una casa alquilada frente a la iglesia de La Merced, en el actual jirón de la Unión, y en 1584 se trasladó al inmueble vinculado a Nicolás de Rivera el Mozo, donde funcionó hasta su desaparición. No hay motivo para afirmar que el traslado se debiera específicamente a los gritos de personas torturadas: esa explicación aparecía como conjetura, pero no está sustentada por la reseña institucional. Desde su nueva sede se desarrollaron interrogatorios, procesos, decisiones judiciales y ceremonias públicas que pretendían afirmar la autoridad religiosa y política.
Las investigaciones podían iniciarse mediante denuncias y proseguir con declaraciones de testigos, interrogatorios y evaluaciones de la conducta del acusado. Entre los asuntos que entraban en la competencia inquisitorial se encontraban el supuesto judaísmo practicado clandestinamente por algunos conversos, las creencias consideradas luteranas, las proposiciones doctrinales censuradas, la bigamia, determinadas blasfemias y otras prácticas clasificadas entonces como delitos religiosos o morales. Conviene recordar que expresiones como «judaizante», «luterano» o «hereje» designaban categorías de acusación empleadas por el tribunal y no prueban, por sí mismas, la identidad ni la conducta real de una persona.
El auto de fe era una ceremonia pública de proclamación de sentencias. Aunque hoy suele asociarse exclusivamente con la hoguera, no todos los condenados recibían la pena capital. Muchos fueron sancionados mediante penitencias, multas, abjuraciones, uso del sambenito y otras penas. Según la reseña del Museo del Congreso, aproximadamente 1.474 personas fueron procesadas durante la existencia del tribunal limeño y 32 recibieron condena de muerte. De ellas, la fuente institucional señala que 16 fueron quemadas vivas y 16 ejecutadas mediante garrote. No debemos confundir, por tanto, las 32 condenas de muerte con 32 personas quemadas vivas.
La distribución de aquellas 32 condenas revela también el peso de la vigilancia doctrinal. Según el Museo, 23 se dictaron por acusaciones de judaizar, seis por luteranismo, dos por proposiciones consideradas heréticas y una por alumbradismo. El primer ajusticiado por el tribunal de Lima, según esa misma relación, fue Mateo Salado, francés condenado en el auto de fe de 15 de noviembre de 1573. Más tarde encontramos a Francisco de la Cruz, procesado por ideas vinculadas a los alumbrados, y a los ingleses Walter y Eduardo Tiller y Enrique Oxley, asociados a las tensiones religiosas y marítimas entre la monarquía española y sus adversarios.
Uno de los episodios más conocidos fue el auto de fe del 23 de enero de 1639, ligado a la denominada «Complicidad Grande», una investigación contra personas —varias de ellas comerciantes de origen portugués— acusadas de practicar secretamente el judaísmo. En la relación institucional aparecen, entre otros, Manuel Bautista Pérez, Francisco Maldonado da Silva, Juan Rodríguez da Silva, Rodrigo Váez Pereira, Sebastián Duarte y Tomé Cuaresma. El caso permite observar cómo las acusaciones religiosas afectaban también a redes familiares y comerciales. Las confiscaciones de bienes formaron parte del funcionamiento inquisitorial, aunque atribuir cada acusación exclusivamente a la codicia de los jueces sería una simplificación que exigiría pruebas específicas.
La aplicación del tormento es uno de los aspectos más graves de aquellos procedimientos. La documentación museística describe la garrucha, el potro y el tormento del agua, así como disposiciones que pretendían limitar su duración y regular su utilización. Sin embargo, la existencia de límites formales no elimina la violencia del procedimiento ni garantiza que todos los abusos quedaran registrados. Para quien padecía el interrogatorio, el dolor, la amenaza y la incertidumbre formaban parte de una experiencia que resulta difícil reconstruir únicamente a partir de los expedientes judiciales. No contamos, además, con una cifra segura que permita afirmar cuántas personas murieron en las cárceles o como consecuencia de los tormentos; por eso no es responsable sumar víctimas hipotéticas a los registros de condenados.
La historia de la abolición fue igualmente compleja. Las Cortes de Cádiz decretaron la supresión de la Inquisición en 1813, disposición que el virrey Abascal hizo publicar en Lima el 30 de julio de aquel año. Poco después se produjo un saqueo de sus instalaciones, según el Museo del Congreso. Fernando VII restableció la institución en 1814, pero su existencia en el Perú fue cada vez más nominal, hasta la supresión definitiva de 1820. El Archivo General de la Nación señala que, en 1825, el gobierno ordenó quemar expedientes de autos de fe y trasladar otros documentos. Este hecho no debe confundirse con un supuesto incendio accidental o misterioso del edificio, afirmación que mi antigua versión no podía demostrar.
La reconstrucción de esta historia depende de los documentos que han sobrevivido, de las crónicas y de los estudios de investigadores como José Toribio Medina y Fernando Ayllón Dulanto. Incluso las fuentes institucionales pueden presentar erratas o discrepancias internas: por ejemplo, en la página del Museo figura una fecha para Miguel del Pilar que no coincide con otros pasajes y con algunas listas difundidas. Lejos de disminuir el valor de la investigación, reconocer estas diferencias nos recuerda la necesidad de contrastar nombres y fechas antes de transformarlos en afirmaciones categóricas.
El Tribunal del Santo Oficio de Lima dejó, así, un legado documental que obliga a reflexionar sobre el poder, la libertad de conciencia y la manera en que las instituciones han definido y sancionado las creencias. Conocer su historia no exige exagerarla ni minimizarla. Exige escuchar lo que las fuentes permiten decir, reconocer sus silencios y comprender que detrás de cada expediente hubo personas cuyas vidas quedaron marcadas por una autoridad que pretendía juzgar no solo sus actos, sino también sus convicciones.
Por Cecilia de Araníbar
Versión revisada y ampliada en 2026 para CyberLector
Nota: Este artículo procede de materiales reunidos para una monografía colectiva elaborada por seis estudiantes de un instituto bíblico de Lima en 1999. El grupo consultó obras disponibles en la biblioteca situada en las instalaciones del antiguo Tribunal de la Inquisición en la Plazza del Congreso. La presente versión se ha reescrito y actualizado mediante fuentes institucionales y bibliográficas consultadas en 2026.
Anexo documental: las 32 personas de la relación del Museo
Lista transcrita y normalizada a partir de la tabla publicada por el Museo del Congreso y de la Inquisición. Se mantiene el dato de la fuente aun cuando exista una discrepancia señalada en las notas. “Motivo” corresponde a la acusación del tribunal, no a una constatación independiente de las creencias de cada persona.
| N.º | Nombre | Año | Acusación |
| 1 | Mateo Salado | 1573 | Luteranismo |
| 2 | Francisco de la Cruz | 1578 | Alumbradismo |
| 3 | Juan Bernal | 1581 | Luteranismo |
| 4 | Miguel del Pilar | 1578* | Luteranismo |
| 5 | Walter Tiller | 1592 | Luteranismo |
| 6 | Eduardo Tiller | 1592 | Luteranismo |
| 7 | Enrique Oxley | 1592 | Luteranismo |
| 8 | Jorge Núñez | 1595 | Judaizar |
| 9 | Francisco Rodríguez | 1595 | Judaizar |
| 10 | Pedro de Contreras | 1595 | Judaizar |
| 11 | Juan Fernández | 1595 | Proposiciones |
| 12 | Baltasar de Lucena | 1600 | Judaizar |
| 13 | Duarte Núñez de Cea | 1600 | Judaizar |
| 14 | Duarte Enríquez | 1605 | Judaizar |
| 15 | Diego López de Vargas | 1605 | Judaizar |
| 16 | Gregorio Díaz Tavares | 1605 | Judaizar |
| 17 | Juan Bautista del Castillo | 1608 | Proposiciones |
| 18 | Juan Acuña de Noroña | 1625 | Judaizar |
| 19 | Manuel Tavares | 1625 | Judaizar |
| 20 | Antonio de Vega | 1639 | Judaizar |
| 21 | Antonio de Espinosa | 1639 | Judaizar |
| 22 | Diego López de Fonseca | 1639 | Judaizar |
| 23 | Francisco Maldonado da Silva | 1639 | Judaizar |
| 24 | Juan Rodríguez da Silva | 1639 | Judaizar |
| 25 | Juan de Azevedo | 1639 | Judaizar |
| 26 | Luis de Lima | 1639 | Judaizar |
| 27 | Manuel Bautista Pérez | 1639 | Judaizar |
| 28 | Rodrigo Váez Pereira | 1639 | Judaizar |
| 29 | Sebastián Duarte | 1639 | Judaizar |
| 30 | Tomé Cuaresma | 1639 | Judaizar |
| 31 | Manuel Henríquez | 1664 | Judaizar |
| 32 | María Francisca Ana de Castro | 1736 | Judaizar |
* La tabla del Museo escribe 30-11-1578 para Miguel del Pilar; el artículo antiguo y la otra lista consultada indican 1587. No se resuelve aquí esa discrepancia sin cotejo adicional de fuentes primarias.
Bibliografía y enlaces de consulta
- Museo del Congreso y de la Inquisición del Perú. «Reseña histórica de la Inquisición en el Perú» (incluye relación nominal de 32 condenados): https://www3.congreso.gob.pe/participacion/museo/inquisicion/historia-en-el-peru/
- Museo del Congreso y de la Inquisición del Perú. «Cámara de Tormentos»: https://www3.congreso.gob.pe/participacion/museo/visitavirtual/camaradetormentos/
- Museo del Congreso y de la Inquisición. «Sala de las Sentencias»: https://www3.congreso.gob.pe/participacion/museo/visitavirtual/saladelassentencias/
- Archivo General de la Nación del Perú. «Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición», descripción del fondo: https://fondosdocumentales.agn.gob.pe/index.php/tribunal-del-santo-oficio-de-la-inquisicion?sf_culture=es
- Archivo Nacional de Chile. Guía de fondos, sección «Documentos del Tribunal de la Inquisición de Lima»: https://www.archivonacional.gob.cl/sites/www.archivonacional.gob.cl/files/images/articles-52201_archivo_01.pdf
- Medina, José Toribio. Historia del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de Lima (1569–1820), tomo I. Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes: https://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/historia-del-tribunal-de-la-inquisicion-de-lima-1569-1820-tomo-i/html/ff23c14c-82b1-11df-acc7-002185ce6064_25.html
- Ayllón Dulanto, Fernando. El Tribunal de la Inquisición. De la leyenda a la historia. Ediciones del Congreso del Perú, 1997. Obra citada por el Museo del Congreso.
